Decreto 327/2010 (Art.º 23.3)
Procedimiento de evaluación interna:
La autoevaluación se realizará a través de indicadores, que serán de dos tipos:
- Los diseñados por el centro sobre aspectos particulares. Será el departamento de Formación, Evaluació e Innovación el encargado de establecerlos.
- Los establecidos por la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa a los efectos de realizar una evaluación objetiva y homologada en toda la Comunidad Autónoma.
La medición de todos los indicadores corresponde al departamento de Formación, Evaluación e Innovación, así como la realización una memoria de autoevaluación en colaboración con el equipo de evaluación. La memoria incluirá necesariamente:
- Una valoración de logros alcanzados y dificultades presentadas
- Una propuesta de mejora para su inclusión en el Plan de Centro
La memoria de autoevaluación será aprobada por el Consejo Escolar, a la finalización del curso académico, y contará con las aportaciones realizadas por el Claustro del Profesorado.